2 Agentes de Policía Local en Alguazas

2 Agentes de Policía Local en Alguazas

PLAZO DE INSCRIPCIÓN
20 días naturales,
contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). DEL 19/04/2022
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En el BORM núm. 82 de 08 de abril de 2022, El Ayuntamiento publica convocatoria para la provisión de 2 Agentes de Policía Local en Alguazas.

Es objeto de las presentes bases la provisión de dos plazas de Agentes de Policía Local que se incluyen en la Oferta de Empleo Público correspondiente a los ejercicios de los años 2020 y 2021, vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, dotadas con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo C, Subgrupo C1 y demás retribuciones complementarias, asignadas en la Relación de Puestos de Trabajo que tiene aprobada el Ayuntamiento, con la clasificación y denominación siguientes

  • Oposición libre
  • Funcionarios de carrera
  • Temario 46 temas
  • Tasas: 41,00 euros
  • 1 Bolsa de empleo de Técnico de Comunicación (A1/A2)
  • 1 Bolsa de empleo de Trabajador/a Social (A2)
  • 1 Bolsa de empleo de Administrativo (C1)

Características

  • Grupo / Subgrupo

    C2

  • Escala / Subescala

    Administración Especial / Servicios Especiales

  • Denominación

    Peón

  • Duración

    Funcionario de carrera

Requisitos

  • Titulación

    Estar en posesión o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes de la titulación exigible para el ingreso del Grupo C, Subgrupo C1 (Bachiller o Técnico).

  • Permiso de conducir

    B y A2

  • Otros requisitos

    a) Tener la nacionalidad española.
    b) Tener cumplidos los 18 años y no exceder de la edad de jubilación.
    d) Tener la estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
    e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de empleos públicos por resolución judicial.
    f) Carecer de antecedentes penales.
    g) Estar en posesión de los permisos de conducción de vehículos de las clases B y A2.
    h) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones. La aptitud física para realizar las pruebas señaladas, en su caso, en la convocatoria, deberá acreditarse mediante certificado médico.
    i) Compromiso de portar armas y a usarlas en los supuestos legalmente establecidos, conducir vehículos policiales y cuantos medios técnicos destine el Ayuntamiento de Alguazas al Servicio de la Policía Local, mediante declaración jurada que deberá incorporarse a la instancia de participación en el proceso selectivo.
    j) Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales o a Autoridades, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Policía Local en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o incite a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso.


  • Normativa

    Lo dispuesto en el artículo 56 sobre los requisitos generales de acceso al empleo público del EBEP

  • Vigencia de los requisitos

    Los aspirantes deberán tener el título o haber aprobado los estudios para su obtención y abonado los derechos de su expedición, y en su caso, tener la homologación correspondiente, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.

Instancia

  • Modelo instancia

    Las solicitudes para tomar parte en la oposición, serán dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, en el modelo que figura como Anexo I de estas Bases. En la solicitud se deberá manifestar que se reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en el apartado A) “Requisitos de los Aspirantes” de esta Base (tercera), referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de la misma.

  • Plazo presentación

    20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A partir del 19/04/2022


  • Lugar de presentación

    Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento. También podrán presentarse las instancias por cualquier otro medio de los previstos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    En caso de no presentar la solicitud en el Registro de Entrada de Documentos del Ayuntamiento de Alguazas, deberá anunciarse la presentación por cualquier otro medio en el mismo día en que se verifique, mediante remisión vía fax al número 968.620412, o al correo electrónico: secretaria@alguazas.es de la copia de la instancia presentada.

  • Documentación a incluir

    La solicitud deberá ir acompañada por:
    a) Copia del Documento Nacional de Identidad.
    b) Copia de la titulación exigida.
    c) Declaración jurada relativa al compromiso de portar armas, conforme al
    modelo que figura como Anexo II a las presentes bases.
    d) Certificado médico acreditativo de la aptitud para realizar las pruebas
    físicas señaladas en las presentes bases.
    e) Justificante acreditativo del ingreso, en la cuenta IBAN ES91 2038 3041
    6764 0000 0473. Entidad Bankia-Caixabank, sucursal de Beniel, de la tasa por
    derechos de examen fijados en la cantidad de 50,00 euros.

  • Tasa

    41,00 €
    Las formas de pago de la tasa son las siguientes:
    1.- Mediante tarjeta de crédito/débito.
    El enlace para gestionar el pago es: https://alguazas.tributoslocales.es/300070/AALGUAZAS/tasas
    La ruta es: PAGAR TASAS -> ALGUAZAS/TASAS -> EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS-> DERECHOS DE EXAMEN GRUPO CORRESPONDIENTE-
    2.- Mediante transferencia bancaria a la cuenta municipal:
    CAIXABANK ES27 2100 8295 6113 0008 2789
    Es necesario que los interesados pongan en el concepto: NOMBRE Y APELLIDOS + TASA EXAMEN.
    El ingreso habrá de efectuarse antes de presentar la correspondiente solicitud de participación en el proceso selectivo, no admitiéndose el pago fuera de dicho plazo. El justificante de pago habrá de anexionarse a la instancia. Sin el cumplimiento de la acreditación del ingreso junto con la instancia, decaerá el derecho del aspirante a la admisión a las pruebas.

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