El Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia (ICA) convoca dos puestos de Técnico/a de Espectáculos mediante contratación laboral indefinida. El proceso consta de concurso de méritos y entrevista personal. No es una oposición con examen escrito.
Solicitudes del 15 de octubre al 11 de noviembre de 2026. La sede electrónica de la CARM confirma ambas fechas. El plazo se vincula al BORM, no a una publicación posterior en el BOE. Revisión editorial: 16 de octubre de 2026.
1. Ficha rápida
- Organismo: Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia (ICA).
- Puestos: 2 de Técnico/a de Espectáculos.
- Vinculación: personal laboral con contrato indefinido; grupo profesional Nivel III de la plantilla del ICA. No se equipara aquí a un subgrupo funcionarial.
- Retribución: 25.665,18 € brutos anuales en el momento de aprobación de las bases.
- Jornada: ordinaria, con disponibilidad de lunes a domingo según necesidades y turnos, respetando los descansos.
- Sistema: concurso de méritos, hasta 30 puntos, y entrevista personal, hasta 20. Máximo total declarado: 50 puntos.
- Publicación: BORM n.º 237, de 14/10/2026, anuncio 4952.
- Solicitud: sede electrónica CARM, procedimiento 4205; declaración responsable del anexo I firmada.
- Tasa: la ficha oficial del procedimiento 4205 indica que no se exige tasa para iniciar la tramitación.

2. Requisitos para participar
La base tercera exige reunir todos los requisitos al finalizar el plazo de solicitudes y mantenerlos durante el proceso y la vigencia del contrato. Debe consultarse su redacción íntegra, especialmente en materia de nacionalidad y acreditación.
- Nacionalidad y acceso: españoles, nacionales de otros Estados de la Unión Europea y los demás supuestos familiares y de tratados previstos en la base tercera. También contempla personas extranjeras con residencia legal y permiso de trabajo.
- Titulación: Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente. Como alternativa admite los certificados de profesionalidad obtenidos a través del PEAC que enumera la base tercera. Las titulaciones extranjeras requieren homologación o convalidación cuando proceda.
- Certificados alternativos: maquinaria escénica; utilería; asistencia a la dirección técnica; construcción de decorados; luminotecnia para el espectáculo en vivo; o montaje y postproducción de audiovisuales, con las denominaciones y condiciones oficiales.
- Experiencia mínima: al menos tres años en un puesto similar, en las materias de sonido y audiovisuales, iluminación y maquinaria escénica descritas en las bases. Se acredita mediante certificado de la entidad, con duración de la relación laboral y funciones realizadas.
- Capacidad y habilitación: capacidad funcional para las tareas y no estar separado del servicio ni inhabilitado en los términos de la base tercera.
3. Cómo presentar la solicitud: plazo, tasa y documentación
La base quinta establece 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BORM. La sede oficial concreta el periodo del 15/10/2026 al 11/11/2026. Presenta la solicitud por el procedimiento 4205, acompañando el anexo I de declaración responsable cumplimentado y firmado.
Para identificarte y firmar puedes utilizar los medios admitidos por la sede, como certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Conserva el justificante de registro. La base quinta exige la presentación electrónica por las vías que describe; no debe confundirse con las indicaciones genéricas de presentación presencial de la ficha común del procedimiento.
La sede informa de que este procedimiento no requiere tasa inicial. La declaración responsable se adjunta con la solicitud; la acreditación de requisitos y méritos tiene después su propio plazo conforme a la base séptima. No esperes a la entrevista para aportarla.
4. Admisión, documentación y reclamaciones
- Tras cerrar las solicitudes se publica la lista provisional de admitidos y excluidos. Hay 3 días hábiles desde el día siguiente a su publicación para subsanar mediante el escrito de alegaciones del procedimiento 4205. Si no hay excluidos, las bases permiten aprobar directamente la lista definitiva.
- Desde el día siguiente a la publicación de la lista definitiva de admitidos se abre un plazo de 10 días hábiles para aportar la documentación del anexo II y acreditar los requisitos de la base tercera, mediante el escrito de aportación de méritos del procedimiento 4205.
- La valoración provisional del concurso tiene 3 días hábiles para reclamaciones desde el día siguiente a su publicación. Sin reclamaciones, el listado provisional se eleva a definitivo.
- Quien no acredite en esta fase los requisitos de participación queda excluido. El desarrollo del proceso se publica en el apartado de Recursos Humanos del portal del ICA.
5. Proceso selectivo: concurso de méritos y entrevista
La base séptima dispone dos fases: concurso de valoración de méritos, máximo 30 puntos, y entrevista personal, máximo 20 puntos. La selección se realiza por la puntuación final. El tribunal comunica por correo electrónico el lugar, la fecha y la hora de la entrevista.
6. Baremo del concurso: anexo II
Formación y estudios adicionales: máximo declarado de 10 puntos
- Titulación superior relacionada: 5 puntos por disponer de una titulación académica oficial superior a la exigida y relacionada con el perfil, según las titulaciones enumeradas en el anexo.
- Otras acciones formativas: hasta 5 puntos. Se valoran actividades relacionadas con las funciones del puesto realizadas durante los últimos seis años, organizadas o impartidas por las entidades admitidas en el anexo o con la colaboración pública exigida. La puntuación es de 0,10 por cada 10 horas; se desprecian las fracciones y no se valoran cursos de menos de 10 horas.
- Idiomas: certificados y diplomas reconocidos conforme al Decreto 177/2022: B1, 2 puntos; B2, 4; C1, 6; C2, 8. El subapartado fija un máximo de 8 puntos. No se presume que se puedan sumar niveles o certificados sin aclaración oficial.
Advertencia editorial sobre el baremo: el anexo fija un máximo de 10 puntos para el bloque de estudios y formación, pero los máximos de sus subapartados —5, 5 y 8— suman 18. Se reproducen ambos datos para no ocultar la ambigüedad. No corresponde a esta web decidir cómo se acumulan o limitan esos méritos: consulta al ICA y atiende a sus aclaraciones. El máximo declarado del concurso sigue siendo 30 puntos, no 38.
Experiencia profesional adicional: hasta 20 puntos
Se conceden 0,20 puntos por mes completo de experiencia con funciones directamente relacionadas, prestada para el ICA mediante contratación laboral o a través de empresas adjudicatarias, siempre que las funciones se hayan desarrollado directamente para el Instituto. No se puntúan los tres años mínimos exigidos para participar.
No debe interpretarse como puntuación por cualquier experiencia en el sector. El anexo exige certificados del órgano competente de la empresa o entidad —representación legal, dirección o recursos humanos— que identifiquen las funciones y los periodos concretos de prestación de servicios en el ICA. La experiencia sin relación directa con el puesto no es valorable.
7. Entrevista personal: hasta 20 puntos
La entrevista valora la adecuación al puesto: innovación e iniciativa para resolver problemas, comunicación y empatía, interés o motivación, aspiraciones profesionales, disponibilidad y flexibilidad. El anexo II no desglosa cuántos puntos corresponden a cada criterio. Esta ficha no añade ponderaciones, preguntas, duración ni mínimos eliminatorios que no estén establecidos en las bases.
En caso de empate final se atiende sucesivamente al sexo infrarrepresentado en puestos de nivel asimilable en el ICA y, después, a un sorteo en sesión pública.
8. Temario y pruebas de oposición: no previstos
Estas bases no establecen un temario ni ejercicios de oposición. La preparación debe centrarse en acreditar correctamente los requisitos y méritos y en conocer las funciones del puesto para la entrevista. Entre esas funciones figuran montaje y operación de audio, iluminación, vídeo y maquinaria escénica, mantenimiento de equipos, resolución de incidencias y prevención de riesgos.
9. Contratación y lista de espera
Se propone contratar a las personas con mayor puntuación, sujetas al periodo de prueba que determine la normativa laboral. Las personas que cumplan los requisitos y no resulten seleccionadas integrarán una lista de espera para puestos temporales con las mismas funciones, ordenada por puntuación total.
Las ofertas pueden ser a jornada completa o parcial. La lista permanece vigente hasta su derogación expresa. Deben mantenerse actualizados el correo y el teléfono. La base séptima regula los llamamientos, los rechazos justificados, el paso al último lugar por rechazos sin justificación y las causas de exclusión; conviene leerla antes de aceptar o rechazar una oferta.
Fuentes oficiales
BORM: resolución, bases y anexos I y II — anuncio 4952 de 14/10/2026. Base tercera: requisitos; quinta: solicitudes; sexta: admisión; séptima: proceso y lista de espera; anexo II: baremo y entrevista.
Sede electrónica CARM: procedimiento 4205. Fuente de las fechas 15/10/2026–11/11/2026, los formularios y la información sobre tasas.
Portal oficial del ICA: consulta el apartado de Recursos Humanos para listas, valoraciones y comunicaciones del proceso.
Resumen editorial informativo, no sustitutivo de las bases. Ante diferencias o dudas, prevalecen las disposiciones y aclaraciones oficiales. La advertencia sobre el baremo no supone que esta web haya obtenido una aclaración del ICA.
Consulta también el directorio de convocatorias y las guías de trámites.
