Las bases establecidas en cada una de dichas resoluciones remiten, en cuanto a la valoración de méritos, al artículo 7.3 de la Orden de 12 de noviembre de 2002, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se regula la selección de personal estatutario temporal del Servicio Murciano de Salud (BORM 3.12.2002), que en su apartado 3 dispone: