Bolsa de trabajo de Auxiliar de Archivo y Biblioteca en Ceutí

Bolsa de trabajo de Auxiliar de Archivo y Biblioteca en Ceutí

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En el BORM número 107 de 7 de mayo de 2021, el Ayuntamiento publica las bases de la convocatoria para la creación de una Bolsa de trabajo de Auxiliar de Archivo y Biblioteca en Ceutí.

Mediante Decreto de Alcaldía n.º 2021-0384, de fecha 23 de abril de 2021, se aprueban las Bases que regulan la convocatoria y el proceso de selección para la creación de una Bolsa de Trabajo para la realización de contrataciones laborales temporales, o nombramientos como funcionarios/as interinos/as, en el Excmo. Ayuntamiento de Ceutí, en la categoría de Auxiliar de Archivo y Biblioteca, al objeto de cubrir los correspondientes puestos de trabajo cuando
surgieren supuestos de necesidad por razón de creación de nuevos servicios, reorganización de departamentos, generación de vacantes, ausencias, enfermedades o sustituciones u otras circunstancias temporales (programas específicos, acumulación de tareas, etc.).

Bolsa de trabajo de Auxiliar de Archivo y Biblioteca en Ceutí

Características

  • Grupo / Subgrupo

    C / C2

  • Escala / Subescala

    Administración Especial / Servicios Especiales

  • Clase

    -

  • Categoría

    -

  • Denominación

    Auxiliar de Archivo y Biblioteca

  • Duración

    Contrataciones laborales temporales, o nombramientos como funcionarios/as interinos/as

Requisitos

  • Nacionalidad

    Española

  • Edad

    16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación

  • Titulación

    ESO o titulación equivalente

  • Permisos de conducción

    -

  • Otras condiciones

    No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) No haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. No padecer enfermedad ni defecto físico que impida la realización de las funciones propias del cargo. A tal efecto, quienes superen las pruebas podrán ser sometidos a reconocimiento por los servicios médicos municipales antes de su nombramiento. Las personas con minusvalía tendrán de acreditar tanto su condición de minusválido como su capacidad para desempeñar las tareas o funciones del puesto mediante la oportuna certificación expedida por el IMSERSO, IMAS u organismo equivalente de las Comunidades Autónomas. ) Estar en posesión de certificado negativo de delitos de naturaleza sexual, con una antigüedad máxima de 6 meses, el cual se acompañará a la instancia.

  • Vigencia de los requisitos

    Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de solicitudes, manteniéndolos en el momento de la contratación laboral, o nombramiento como funcionario/a interino/a.

Instancia

  • Plazo presentación

    20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del presente extracto de las bases del BORM. Del 8 de mayo al 27 de mayo de 2021

  • Lugar de presentación

    Las instancias habrán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, o cualquiera de las formas que determina el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

  • Documentación a incluir

    - Fotocopia DNI o, en su caso, Pasaporte. - Curriculum Vitae. - Fotocopia del título de Graduado en ESO o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias. - Informe de la vida laboral actualizado y expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Para acreditar la experiencia laboral deberá aportarse contrato de trabajo o certificado de servicios prestados. Si no es posible aportar contrato podrá aportarse un recibo de nómina. Si existiese contradicción entre lo dispuesto en el contrato y el informe de la vida laboral, se estará a lo dispuesto en esta última. - Documentación acreditativa de los cursos de formación aportados (diploma o certificado expedido por órgano competente). - Declaración jurada de no haber sido separado/a del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni inhabilitación para el desempeño de puestos en las mismas, conforme a lo dispuesto en el artículo 56.1.d) del Real Decreto Legislativo 5/2015. - Certificación negativa de delitos de naturaleza sexual expedida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales, con una antigüedad máxima de 6 meses. - Justificante acreditativo del pago de la tasa. Los/as aspirantes deberán manifestar en su solicitud que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas (referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes), y aportar la justificación documental de los méritos alegados. Los méritos alegados en plazo y no acreditados suficientemente a juicio del Tribunal no serán tenidos en cuenta.

  • Tasa

    30,00 euros. El ingreso debe efectuarse en la siguiente cuenta municipal: ES76 0030 8635 86 0001053271 (BANCO SANTANDER).

Seguimiento del proceso

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