1 Bolsa de trabajo de Técnico Informático en Ceutí

Bolsa de trabajo de Técnico Informático en Ceutí

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En el BORM número 92 de 22 de abril de 20221, el Ayuntamiento publica anuncio de la convocatoria de las bases reguladoras para la creación de una Bolsa de trabajo de Técnico Informático en Ceutí.

Constituye el objeto de la presente convocatoria la creación, mediante el sistema de Concurso-Oposición, de una Bolsa de Trabajo para la realización de contrataciones laborales temporales, o nombramientos como funcionarios/as interinos/as, en el Excmo. Ayuntamiento de Ceutí, en la categoría de “Técnico Informático”, al objeto de cubrir los correspondientes puestos de trabajo cuando surgieren supuestos de necesidad por razón de creación de nuevos servicios, reorganización de departamentos, generación de vacantes, ausencias, enfermedades o sustituciones u otras circunstancias temporales (programas específicos, acumulación de tareas, etc.).

Bolsa de trabajo de Técnico Informático en Ceutí

Características

  • Grupo / Subgrupo

    A / A2

  • Escala / Subescala

    Administración Especial / Técnica

  • Clase

    -

  • Categoría

    -

  • Denominación

    Técnico Informático

  • Duración

    Contrataciones laborales temporales, o nombramientos como funcionarios/as interinos/as

Requisitos

  • Nacionalidad

    Española

  • Edad

    16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación

  • Titulación

    Estar en posesión del título de Grado en Informática, o titulación que habilite para el ejercicio de las funciones de Técnico de Informática, o bien la equivalencia que, en su caso, corresponda

  • Permisos de conducción

    B

  • Otras condiciones

    No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 7. No haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. 8. No padecer enfermedad ni defecto físico que impida la realización de las funciones propias del cargo. A tal efecto, quienes superen las pruebas podrán ser sometidos a reconocimiento médico antes de su contratación laboral o nombramiento como funcionario/a interino/a. Las personas minusválidas tendrán de acreditar tanto su condición de minusválido como su capacidad para desempeñar las tareas o funciones del puesto mediante la oportuna certificación expedida por el IMSERSO, IMAS u organismo equivalente de las Comunidades Autónomas.

  • Vigencia de los requisitos

    Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de solicitudes, manteniéndolos en el momento de la contratación laboral, o nombramiento como funcionario/a interino/a.

Instancia

  • Plazo presentación

    20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del presente extracto de las bases del BORM.

  • Lugar de presentación

    Las instancias habrán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, o cualquiera de las formas que determina el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

  • Documentación a incluir

    Junto con la solicitud se acompañarán los siguientes documentos, que serán, en todo caso, original o fotocopia, sin perjuicio de la obligación futura de presentación de los documentos originales o fotocopias compulsadas: - Fotocopia DNI o, en su caso, Pasaporte. - Curriculum Vitae. - Título de Grado en Informática, o titulación que habilite para el ejercicio de las funciones de Técnico de Informática, o bien la equivalencia que, en su caso, corresponda conforme al vigente sistema de titulaciones universitarias, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. - Carnet de conducir clase B. - Informe de la vida laboral actualizado y expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Para acreditar la experiencia laboral deberá aportarse contrato de trabajo o certificado de servicios prestados. Si no es posible aportar contrato podrá aportarse un recibo de nómina. Si existiese contradicción entre lo dispuesto en el contrato y el informe de la vida laboral, se estará a lo dispuesto en esta última. La experiencia profesional en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en actividades relacionadas con el puesto objeto de la presente convocatoria, se acreditará mediante Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y/o Vida Laboral, y descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma, y además, a efectos de comprobar la relación con el puesto de trabajo, se acompañará documentación acreditativa (impresos o certificaciones de la AEAT, certificación de Colegios Profesionales Oficiales, contratos mercantiles, facturas o cualquier medio de prueba admitido en derecho donde quede reflejada la actividad desarrollada). No se valorará los periodos trabajados como docente o similar. - Documentación acreditativa de los cursos de formación aportados (diploma o certificado expedido por órgano competente). - Documentación acreditativa de las titulaciones superiores aportadas. - Declaración jurada de no haber sido separado/a del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni inhabilitación para el desempeño de puestos en las mismas, conforme a lo dispuesto en el artículo 56.1.d) del Real Decreto Legislativo 5/2015. (Anexo II) - Justificante acreditativo del pago de la tasa.

  • Tasa

    50,00 euros para participar en el proceso selectivo. Las cuentas municipales en las que deberá realizarse la transferencia bancaria son: ES76 0030 8635 86 0001053271 (BANCO SANTANDER) Contempla bonificaciones (leer bases)

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