1 Conserje turno discapacidad en Molina

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En el BORM núm. 89, de 19 de abril de 2022, el Ayuntamiento publica las Bases específicas que regirán el proceso selectivo para la provisión de 1 Conserje turno discapacidad en Molina.

La presentes convocatoria se encuentranincluida en la Ofertas de Empleo Público del ejercicio 2021 (BORM número 184 de 11 de agosto de 2021)

El proceso selectivo se regirá por lo establecido en estas Bases específicas y en las Bases generales aprobadas por la Junta de Gobierno Local el 27 de
diciembre de 2018 y publicadas en el BORM el 5 de febrero de 2019.

Características

  • Clasificación

    Funcionario de carrera

  • Grupo / Subgrupo

    C / C2

  • Escala/Subescala

    Administración General / Subalterna

  • Denominación

    Conserje

Requisitos

  • Titulación

    Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente o en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

  • Otros requisitos

    b) Tener reconocida una discapacidad intelectual. A los efectos de esta convocatoria, se entiende por personal con discapacidad intelectual, aquella persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, con un diagnóstico de “capacidad intelectual límite o inferior”. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes al puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria. f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para ejercer funciones similares a las que desempeñaba. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. g) No concurrir ninguna otra causa de incapacidad para el acceso a la condición de empleado público en los términos marcados por las respectivas disposiciones legales.

  • Normativa

    Base quinta de las Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Molina de Segura para plazas derivadas de procesos de estabilización de empleo temporal

  • Vigencia de los requisitos

    Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir los siguientes requisitos el día que finalice el plazo para la presentación de instancias de la presente convocatoria y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.

Instancia

  • Modelo solicitud

    Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial que será facilitado en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Molina de Segura, pudiéndose obtener también a través de la sede electrónica del mismo.

  • Plazo presentación

    20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE del extracto de la convocatoria. PENDIENTE.

  • Lugar de presentación

    Las solicitudes irán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Molina de Segura, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Molina de Segura, personalmente o por cualquier otro medio que autoriza el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante Ley 39/2015). La no solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.

  • Declaración

    Los aspirantes deberán hacer constar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en las bases, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes

  • Documentación a incluir

    a) Fotocopia simple del documento nacional de identidad o pasaporte, siempre en vigor, y sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada. b) Fotocopia simple de la titulación académica oficial requerida en la convocatoria, sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada. Equivaldrá al título un certificado acreditativo de reunir los requisitos para la expedición del mismo, emitido por el organismo público competente, así como el justificante de liquidación del pago de las tasas académicas por su expedición. c) Resguardo acreditativo de haber hecho efectivo los derechos de examen, lo cuales se fijan en la cantidad de 19,68 €,

  • Tasa

    Subgrupo C2 - 19,68€, cuyo importe íntegro se hará efectivo mediante autoliquidación que se efectuar en el impreso establecido a tal efecto por el Ayuntamiento de Molina de Segura y que estará a disposición de los aspirantes en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Molina de Segura, procurándose que esté disponible también en la sede electrónica del mismo. El abono de la autoliquidación se podrá realizar en las entidades bancarias autorizadas que aparecen relacionadas en el propio impreso de autoliquidación. Asimismo, y de conformidad con lo previsto en el artículo 38 de la 39/2015, el importe de la tasa por derechos de examen podrá hacerse efectivo mediante transferencia a la cuenta bancaria ES86 2100 8160 8113 0015 5591 de CaixaBank.

1 Conserje turno discapacidad en Molina

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