En el BORM nº 202, de 1 de septiembre de 2020, el Ayuntamiento de Cartagena publica la convocatoria de concurso para la creación de una bolsa de empleo de Educador de Escuelas Infantiles (curso 2020/2021).
Recomendaciones
Bolsa de empleo de Educador de Escuelas Infaniltes (C1)
Las bases de la presente convocatoria se encuentran en la web municipal del Ayuntamiento (link más abajo).
Lista de espera para sustituciones y nombramientos temporales
Contrato laboral temporal
Solo concurso
Vigencia para el curso 2020/2021
PLAZO DE INSCRIPCIÓN (ABIERTO)10 días hábiles, desde el 2 de septiembre de 2020 hasta el 15 de septiembre de 2020
Recomendaciones
Características
Grupo / Subgrupo
C / C1
Escala / Subescala
Administración Especial / Técnica
Clase
Técnica auxiliar
Denominación
Educador de Escuelas Infantiles
Duración
Contrato laboral temporal
Requisitos
Titulación
Técnico Superior de Educación Infantil (o equivalente según lo recogido en RD 1004/1991 de 14 de junio).
Lo dispuesto en el artículo 56 sobre los requisitos generales de acceso al empleo público del EBEP
Vigencia de los requisitos
Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir los siguientes requisitos el día
que finalice el plazo para la presentación de instancias de
la presente convocatoria.
Instancia
Plazo presentación
10 días hábiles, desde el 2 de septiembre de 2020 hasta el 15 de septiembre de 2020
Las solicitudes se formalizarán a través de la sede electrónica mediante la instancia normalizada y
publicada a partir del momento en que se abra el plazo de presentación de las mismas y que se anunciará
en la página web municipal
Lugar de presentación
A través de la sede electrónica
Documentación a incluir
Los aspirantes se autobaremarán de acuerdo con el modelo de instancia normalizado a tal efecto, bastando la Declaración Responsable de Veracidad del interesado sobre los méritos alegados, así como de
los datos que figuran en la instancia
Tasa
51,09 euros, tasa establecida en el artículo 5º de la “Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por derechos de examen u otras pruebas selectivas” (BORM
30/12/2017), en los términos establecidos en la Base 5ª de las Generales.